Accidentes de Tránsito. /Educación Vial.

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Ley Emilia

La Ley Emilia, se encuentra vigente desde el 16 de septiembre de 2014, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año y hasta 10 años a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además, con esta reforma se establece como DELITO fugarse del lugar del accidente y/o negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia.

Además, si el conductor que participa en un accidente se negase injustificadamente a realizarse las pruebas de detección del alcohol (prueba respiratoria u otra prueba científica), será sancionado con suspensión de licencia, multas y penas de cárcel que podrían llegar a ser efectivas dependiendo de las consecuencias del accidente.

Cuando se ingiere alcohol, aumentan las infracciones a las normas de tránsito, por dos motivos: porque las capacidades se ven deterioradas o disminuidas, y porque se tiene un menor sentido de la responsabilidad y de la prudencia.

Obligaciones


1º Detener la Marcha -  2º Prestar la ayuda posible al afectado -  3º Dar cuenta al 133 de Carabineros

IMPORTANTE

De no cumplir con estas obligaciones, el conductor que comete el DELITO de fuga del lugar del accidente, aunque no haya consumido alcohol. El darse a la fuga sin dar aviso a la autoridad policial es un delito que puede ser sancionado incluso con la inhabilidad de por vida para conducir vehículos y pena de cárcel efectiva de al menos un año.